martes, 18 de enero de 2011

Balance del proceso contra UDALBILTZA (sumario 6/03)

El 26 de octubre del pasado año 2010 concluyó el juicio oral del llamado caso
UDALBILTZA, un proceso judicial por la vía penal llevado a cabo por parte del Estado
Español contra el movimiento de municipios y electos municipales de Euskal Herria
(País Vasco). La sentencia se dará a conocer el 20 de enero.
UDALBILTZA es el nombre con el que se dotó la Asamblea de Ayuntamientos y de
Electas/os Municipales de Euskal Herria al constituirse con el carácter de Institución, la
primera institución nacional vasca, el 18 de septiembre de 1999. Esta iniciativa
institucional contó con el apoyo de miles de cargos electos de todas las sensibilidades
políticas y de todos los territorios de Euskal Herria, tanto de los territorios del Estado
Francés como de los del Estado Español. Durante los años 1999 a 2003, UDALBILTZA
tuvo un proceso de desarrollo y consolidación durante el que fue abordando un
número creciente de iniciativas encaminadas a dar cumplimiento a sus objetivos
fundacionales:
1.- Afirmar la existencia de Euskal Herria como Nación.
2.- Coadyuvar a la estructuración política de Euskal Herria, con la pretensión de
englobar en un marco común a los representantes municipales de los seis (siete)
territorios vascos.
3.- Impulsar la construcción nacional de Euskal Herria, entendida como proceso
dinámico y democrático y sustentado en la libre participación y decisión de todas
las ciudadanas y ciudadanos vascos.
4.- Avanzar en el proceso de interrelación constructiva entre los municipios de
todos los territorios, posibilitando una acción concertada de los representantes
municipales en ámbitos tales como la lengua, la cultura, el deporte, el medio
ambiente, la ordenación del territorio, el desarrollo económico, el bienestar
social...
5.- Proyectar en el ámbito internacional la existencia de Euskal Herria como
Nación propia y diferenciada, y su voluntad de actuar como tal en la futura
configuración europea y en sus instituciones.
El 29 de abril del año 2003, se inició un proceso de persecución policial y judicial
contra esta institución, a raíz del cual fueron encarceladas 15 personas (alcaldes y
concejales de diferentes municipios que desempeñaban funciones directivas en
UDALBILTZA, así como trabajadoras y trabajadores de la institución), las cuales
permanecieron entre 6 y 18 meses en prisión preventiva; se precintaron las sedes de
UDALBILTZA, se bloquearon sus cuentas y se decretó la suspensión de sus
actividades. Posteriormente, se decretó el procesamiento de 22 personas, todas ellas
cargos o ex-cargos electos municipales o trabajadoras o trabajadores de UDALBILTZA
(4 alcaldes, 13 concejales, 3 ex-concejales y 2 trabajadoras UDALBILTZA)
El día 15 de julio de 2010 se inició el juicio, la vista oral de este proceso.
El ministerio fiscal comenzó el juicio solicitando para cada una de las personas
procesadas una pena de 10 años de prisión, inhabilitación especial para empleo
o cargo público por 10 años y costas por un supuesto “delito de integración en
organización terrorista”. Además, para cuatro de las personas procesadas, solicitaba 5
años más de prisión, inhabilitación absoluta por tiempo de 12 años y costas por un
supuesto delito de “malversación de caudales públicos. Estas peticiones penales
vienen motivadas porque, según el Ministerio Fiscal, UDALBILTZA es un organización
integrada en la estructura de ETA y a órdenes de esta última organización.
Balance del proceso contra UDALBILTZA: Sumario 6/03
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La Acusación Popular, ejercida por la Asociación Dignidad y Justicia, además de
compartir la básica y genérica acusación de “integración en organización terrorista”
del Ministerio Fiscal elevaba las penas solicitadas a 14 años de prisión con un
añadido de 8 años más para las cuatro personas acusadas de malversación, más 1
año de prisión para dos de las personas procesadas, por un supuesto “delito de
desobediencia grave”.
Ambas acusaciones, solicitaban, además, la clausura definitiva de las entidades
“UDALBILTZA KURSAAL” (nombre con el que han venido denominando a UDALBILTZA,
la Asamblea de Ayuntamientos y Electos Municipales como tal), UDALBILTZA
PARTZUERGOA (un consorcio público creado por varios municipios para desarrollar las
labores de UDALBILTZA) y EUSKAL GARAPEN ETA KOHESIO FONDOA (el Fondo Vasco
de Cohesión y Desarrollo), creado por UDALBILTZA con las aportaciones económicas
de cientos de ciudadanas y ciudadanos, así como su disolución.
Las acusaciones de que el Consorcio UDALBILTZA PARTZUERGOA, el Fondo Vasco de
Cohesión y Desarrollo –EUSKAL GARAPEN ETA KOHESIO FONDOA– y la propia
UDALBILTZA forman parte de la estructura de ETA y, por lo tanto, son parte de una
“organización terrorista” y de que las personas imputadas, por su relación con
UDALBILTZA, son integrantes de una “organización terrorista”, no tienen ninguna
relación con los hechos concretos que se relatan en los diversos autos y escritos
de calificaciones.
Los hechos concretos imputados consisten en:
Haber impulsado las labores de UDALBILTZA y su proceso de consolidación
como institución nacional vasca de base municipal.
Haber promocionado que los Ayuntamientos tramiten ante UDALBILTZA un
documento llamado “Declaración de Nacionalidad de Euskal Herria”, mediante
el cual, cualquier ciudadano o ciudadana de Euskal Herria podía,
voluntariamente, hacer constar ante UDALBILTZA que su nacionalidad es la
nacionalidad vasca.
Haber organizado una Conferencia Internacional sobre los Derechos de los
Pueblos, con asistencia de personalidades de naciones sin estado, pueblos
originarios y expertos en Derecho de Autodeterminación de los cinco
continentes.
Haber redactado el documento “Carta de Derechos de Euskal Herria” como
propuesta a la sociedad vasca.
Haber creado, el Fondo Vasco de Cohesión y Desarrollo para implementar la
iniciativa de desarrollo local “Zuberoa Garatzen / Desarrolando Zuberoa” y
haber recabado aportaciones económicas de la ciudadanía para la constitución
de dicho fondo.
Haber destinado ayudas económicas a diversas entidades sociales y culturales
para la promoción de la cultura y la lengua vascas, así como infraestructuras
de desarrollo económico, información estadística, etc.
Algunas de las actividades de cooperación económica tienen carácter
transfronterizo.
Trabajar en el ámbito de la promoción de los derechos humanos, civiles y
políticos de la ciudadanía vasca.
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Respecto de las personas acusadas y juzgadas, se le imputa concretamente:
Formar parte de los órganos de dirección de UDALBILTZA.
Ser trabajadoras y trabajadores de UDALBILTZA.
Haber participado en la conformación o promoción de agrupaciones electorales
para las elecciones municipales o tener información sobre las mismas.
Las defensas de las personas y entidades procesadas han venido solicitando el
sobreseimiento de la causa y, en consecuencia, la libre absolución de todas ellas, de
todos los cargos presentados.
Pruebas presentadas en el juicio
Las acusaciones, ejercidas por el Ministerio Fiscal y la Asociación Dignidad y Justicia,
se limitaron a presentar como prueba los testimonios de los agentes de policía que
participaron en las detenciones, los registros y sucesivas diligencias, para que se
ratificaran en los diferentes atestados policiales; y el testimonio de un grupo de
agentes policiales, presentados como peritos, autores de los informes policiales en los
que se construye la afirmación de que “UDALBILTZA forma parte de la estructura de
ETA”.
De la documentación intervenida en los registros, justamente se llega a probar la
pertenencia de las personas acusadas a UDALBILTZA , como miembros de su Comisión
Ejecutiva o como personas trabajadoras; la implicación de algunas de estas personas
en actividades de formación de candidaturas para las elecciones municipales del año
2003 o su pertenencia a algún partido político legal; y que UDALBILTZA realizaba las
actividades que eran públicamente conocidas desde su fundación.
En cuanto a los informes que la Policía Española presentó pretendiendo que tengan
carácter de informes periciales, no hemos encontrado sino prejuicios; argumentos
hilvanados sin estar sustentados en prueba alguna con el fin de llegar a una
conclusión establecida de antemano: que UDABLITZA es una creación de ETA y que
forma parte de la estructura de esta última organización.
Es más, los propios policías que declararon como peritos reconocieron que no
tenían pruebas para sustentar la tesis que venían defendiendo, sino que era
una interpretación libre de documentos extraídos de acá y allá. A preguntas del
Ministerio Fiscal reconocieron libremente que:
Las actividades e iniciativas de UDALBILTZA eran actividades e iniciativas
legítimas.
No tenían pruebas, por que, si no, las hubieran presentado, que vincularan a
ninguna de las personas acusadas con ETA.
No tenían pruebas, porque, si no, las hubieran presentado, de cómo ETA
transmitía sus órdenes en la hipotética estructura. Que tal vez fuera por
“simpatía”.
No podían dar fe de ningún delito económico, puesto que no habían realizado
ningún informe al respecto, pero estaban firmemente convencidos de que lo
había y esa había sido su hipótesis de trabajo.
En todo caso, la construcción de dicha tesis y la redacción de los informes, no dudaron
en utilizar documentos que, tal y como argumentaron, además, las defensas, además
de no probar nada, no se pueden tener en cuenta en este juicio, pues han sido
presentados incumpliendo la ley de enjuiciamiento, sin dar opción a ser sometidos a
contradicción y, por lo tanto, vulnerando el derecho de defensa.
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Por contra, además de las declaraciones de las personas acusadas, acudieron
numerosos testigos: cargos electos, alcaldes y concejales, que lo eran de diversos
partidos políticos, en la época de los hechos; secretarios municipales de diversos
ayuntamientos; personas que trabajaron en UDALBILTZA y no fueron acusadas; un
vocal del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas; y el representante de una empresa de
selección de personal.
El Tribunal no admitió el testimonio de otros 120 testigos que podían haber testificado
sobre las actividades e iniciativas de Udalbiltza, sobre el carácter de dicha institución,
etc. Tampoco admitió la presentación de dos informes periciales que proponía la
defensa, para ilustrar, uno de ellos, el carácter jurídico de Udalbiltza, y, el otro, sus
raíces históricas, es decir, su no vinculación a ETA.
A pesar de todo, los testimonios y declaraciones recogidas en el acto del juicio, así
como la propia documentación recogida en el Sumario, dejaron probada una verdad
de sobra conocida en el País Vasco, en Euskal Herria, que es la única verdad que se ha
probado, a saber:
– Que la creación y la actividad de Udalbiltza es debida a la voluntad conjunta y
compartida de cientos de ayuntamientos y de electos municipales, al reunir
para trabajar y colaborar desde el municipalismo a ayuntamientos y electos
municipales del conjunto de Euskal Herria.
– Que la actividad de Udalbiltza ha sido totalmente pública y legítima, incluso
examinada desde el punto de vista de la legislación española.
– Que Udalbiltza no nació contra nadie, sino a favor de Euskal Herria, con el fin
de alimentar el desarrollo y la construcción de nuestro pueblo mediante la
colaboración entre ayuntamientos y electos municipales.
– Que Udalbiltza ha realizado su labor de forma pacífica, sin exclusiones,
buscando la inclusión de todas las sensibilidades de Euskal Herria y con el fin
de buscar soluciones al largo conflicto que sufre nuestro país basadas en el
respeto de los derechos de todas las personas.
Después de la presentación de todas las pruebas, las partes personadas presentaron
sus conclusiones finales.
El Ministerio Fiscal retiró la acusación de malversación de fondos públicos pero
mantuvo la de “integración en organización terrorista” con la petición de penas
inicialmente realizada para esta acusación, es decir, 10 años de prisión,
inhabilitación especial para empleo o cargo público por 10 años y costas, así
como la clausura definitiva de las entidades y su disolución.
La Acusación Popular retiró la acusación de desobediencia grave, pero mantuvo la de
“integración en organización terrorista” y la de “malversación de fondos públicos”, con
las mismas peticiones de penas inicialmente realizadas.
Las defensas reiteraron su solicitud de libre absolución de todas las personas por
todos los cargos y la libre continuidad de actividades de las entidades encausadas.
Conclusiones de este proceso. Sólo la absolución puede hacer
justicia.
Este ha sido un juicio contra los derechos civiles y políticos. Derechos de las personas
procesadas y derechos del propio Pueblo Vasco. Este juicio ha buscado penalizar el
derecho de reunión, el derecho a ser elegido democráticamente como representante
de la ciudadanía y el derecho a impulsar una actividad institucional derivada de esa
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representación. Y, en lo colectivo, también han puesto bajo amenaza de castigo penal
el derecho que tiene el Pueblo Vasco a crear y desarrollar sus propias instituciones de
modo democrático.
Esto es lo que nos ha dejado este juicio tras siete largos años de proceso:
detenciones, cárcel, obstaculizar gravemente el proyecto de Udalbiltza, la incautación
de los fondos aportados por la ciudadanía al Fondo Vasco de Cohesión y Desarrollo, la
demostración de que puede hacerse cualquier cosa sin pruebas y, lo más grave, que
las acusaciones mantengan sus peticiones.
En este punto, las personas procesadas sólo esperamos una sentencia, la
absolución.
– Absolución, porque ha quedado probado que no ha existido ningún delito en la
actuación de Udalbiltza. Porque son actividades políticas públicas y legítimas las
que se están pretendiendo criminalizar, actividades intermunicipales de
carácter transfronterizo. Actividades en beneficio de un pueblo, de Euskal
Herria.
– Absolución, porque ha quedado probado que Udalbiltza no ha estado ni bajo las
órdenes de ETA, ni de ninguna otra organización.
– Absolución, porque no hay víctimas ni perjuicio causado por la actividad de
Udalbiltza.
– Absolución, porque no se pueden penalizar las vías y proyectos que se articulan
para el trabajo de colaboración entre representantes legítimos de la ciudadanía,
para la construcción y desarrollo de un pueblo y para profundizar en la
democracia. Es incompatible con la democracia penalizar un proyecto como el
de Udalbiltza.
Tenemos que decir, además, con profundo agradecimiento, que no somos sólo las
personas procesadas quienes hacemos una lectura en esta línea del proceso contra
UDALBILTZA. No podemos dejar de mencionar las iniciativas institucionales, sociales
y/o populares de solidaridad y denuncia que se han puesto en marcha fuera y dentro
de Euskal Herria:
– Miles de ciudadanas y ciudadanos, cargos electos y ex-cargos electos de un
amplio espectro de ideas se han sumado a las concentraciones y
manifestaciones que se han celebrado antes del juicio y durante el mismo bajo
el lema UDALBILTZA ASKE! Se han formado grupos de apoyo en decenas de
pueblos y se ha abordado el proceso contra UDALBILTZA de mil maneras: en
fiestas, en celebraciones, en pruebas deportivas, en conferencias, actuaciones
de bertsolaris (versos cantados de forma improvisada)...
– Un conjunto de 33 personas muy conocidas de Euskal Herria ha hecho pública
la “Iniciativa Solidaria” con los procesados en el caso UDALBILTZA”, y ha
recabado el apoyo de otras tantas personalidades, para solicitar la absolución.
También aquí se ha dado cita un arco ideológico amplio, comprendido el
conjunto del espectro abertzale, el PSE y el PSN.
– Un manifiesto de denuncia y solidaridad ha sido suscrito por 60 agentes
sociales de todos los ámbitos y del conjunto de Euskal Herria.
– Decenas de municipios han denunciado formalmente el proceso contra
UDALBILTZA, aprobando mociones en ese sentido. También reflejan un amplio
espectro las fuerzas políticas que han posibilitado la aprobación de esos textos:
desde concejales independientes, incluyendo todas las fuerzas políticas que
tienen como referente a Euskal Herria.
– Las Juntas Generales de Gipuzkoa se han pronunciado para proclamar la
legitimidad de Udalbiltza y denunciar este juicio, y así se lo hicieron saber al
mismo tribunal en Madrid.
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– La solidaridad y denuncia del proceso contra UDALBILTZA llegó al Parlamento
de Gasteiz el 2008, este año ha llegado al Parlamento Europeo y ha
emprendido el camino para llegar a Naciones Unidas.
– También juristas y representantes institucionales internacionales se han unido
en torno a un manifiesto de denuncia de este proceso que están difundiendo.
– Se han formado Grupos de Apoyo en Cataluña y Madrid. En Madrid, con un
grupo de apoyo, cuyos integrantes, además de acompañantes, son ya nuestras
hermanas y hermanos.
– En Cataluña, cientos de electos municipales han suscrito un manifiesto en el
que denuncian el juicio y piden libertad para UDALBILTZA.
A todas y a todos, además de volver a expresar el enorme agradecimiento de las y los
procesados, debemos decirles que están mostrando un camino. Están siendo ejemplo
de colaboración que deseamos se reproduzca en el futuro en torno muchos otros
temas.
Creemos, por otra parte, que todo esto nos muestra, además, que UDALBILTZA es un
proyecto legítimo, que cuenta con un gran apoyo para poder desarrollar una
trayectoria fructífera en el futuro y para poder realizar aportaciones valiosas al futuro
de Euskal Herria.
Las personas procesadas hemos intentado explicar todo esto, tanto en Euskal Herria
como en el ámbito internacional o en el mismo juicio. Así se lo trasladamos al propio
tribunal. Les expresamos que UDALBILTZA puede realizar una labor importante en la
resolución del conflicto que sufre nuestro país y les pedimos que no cerraran esa
puerta.
En la vía de resolución del conflicto, es necesario avanzar en el respeto de los
derechos y en la democracia y, para ello, Euskal Herria necesita de UDALBILTZA y de
instituciones como UDALBILTZA.
Euskal Herria, enero de 2011.

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